El alumbrado público es el servicio de energía eléctrica que el municipio otorga a la comunidad y que se instala en calles, calzadas, plazas, parques, jardines y en general, en todos los lugares públicos o de uso común.
Valor de la tarifa
La determinación de los usuarios que cancelarán el impuesto de alumbrado público y el valor de las tarifas del impuesto será determinada por los concejos municipales.
Peticiones, quejas o reclamaciones
Deben ser dirigidas a la alcaldía municipal o distrital según correspondiente.
Se contrata por medio de
- Empresas distribuidoras.
- Empresas comercializadoras.
- Terceros: Concesión, Convenios.
- Cualquier otra modalidad de contratación de acuerdo con Estatuto General de Contratación Pública.
Administración del impuesto de alumbrado público
La Ley 1386 de 2010 prohíbe que las entidades territoriales deleguen, a cualquier título, la administración de los diferentes tributos a particulares, por tal razón debe definirse muy bien las obligaciones de las empresas prestadoras de servicios públicos frente al impuesto del alumbrado público.
Este no es un servicio público domiciliario.
Cartilla CREG Alumbrado Público
Cartilla CREG Preguntas frecuentes Alumbrado Público