El Consejo Nacional de Técnicos Electricistas CONTE, persona jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro con funciones públicas. Encargada de estudiar, tramitar y expedir las Matrículas Profesionales de los Técnicos Electricistas, así como adelantar las investigaciones y aplicar las sanciones a que haya lugar por infracciones al Código de Ética, velando por que se cumpla en el territorio nacional, las disposiciones del ejercicio legal de la profesión.
Funciones Públicas del CONTE
El CONTE inició actividades el día 8 de agosto de 1991, recepcionando las solicitudes de matrícula profesional y proponiendo al Ministerio de Minas y Energía, la clase de matrícula a expedir, a partir del día 22 de febrero de 1995, según Resolución No. 80263 el Ministerio de Minas y Energía, delegó en el CONTE la expedición de las matrículas profesionales de los técnicos electricistas.
Desde el 26 de diciembre de 2008, por virtud de la Ley 1264 de 2008, le es asignado al CONTE de forma exclusiva y autónoma el estudio, tramite y expedición de las matriculas profesionales de los técnicos electricistas.
Misión
Formalizar y garantizar que los técnicos electricistas sean aptos e idóneos para ejercer la profesión, mediante la actividad de promoción, inspección, vigilancia y control; así mismo fomentar la actualización y apropiación del conocimiento de estos profesionales.
Visión
En 2027 obtendremos mayor reconocimiento a nivel nacional como Consejo Nacional de Técnicos Electricistas, tendremos amplia cobertura geográfica y diversas áreas del conocimiento en los diferentes sectores de la economía. Contaremos con alianzas estratégicas que permitirán mejorar la oferta de valor y nos caracterizaremos por la calidad del servicio y la adaptación al cambio que garantizará la efectividad en la gestión institucional.
Actuamos con sentido de pertenencia y responsabilidad, nos identificamos con el pensamiento estratégico y las obligaciones definidas a nuestra empresa.
Cumplimos nuestros deberes y obligaciones con el mayor grado de rectitud y transparencia, tanto en el desarrollo de nuestras atribuciones definidas en la Ley 19 de 1990, Ley 1264 de 2008 y sus decretos reglamentarios, como en el uso de los recursos percibidos.
Conscientes de la trascendencia social que tienen nuestras atribuciones, cumplimos con nuestras funciones y deberes como ciudadanos, con la mayor seriedad y dentro del marco normativo que nos rige.
Entendemos las ideas, opiniones y creencias tanto personales y laborales de los demás, obteniendo como beneficio una relación integral y un mejor clima laboral al interior de la empresa.
Nuestra gestión se caracteriza por la atención amable, oportuna y la satisfacción del cliente en el cumplimiento de nuestras atribuciones, en procura de la eficacia y eficiencia.
Actuamos con razón e imparcialidad, respetando los derechos de las personas, siendo ecuánimes y acatando las normas buscando igualdad, equidad.
Cumplimos con las responsabilidades que son asignadas, atendiendo los requerimientos y solicitudes con prontitud, eficiencia, eficacia y celeridad asegurando la calidad del manejo de los recursos.
En el CONTE, estamos comprometidos para que los Técnicos Electricistas obtengan de manera oportuna la matrícula profesional, además de ser facilitadores para su desarrollo técnico y profesional, para lo cual contamos con un recurso humano competente y unos canales de comunicación que faciliten brindar información oportuna y veraz, todo dentro del marco legal y de mejoramiento continuo.
El Consejo plantea los siguientes objetivos de calidad soportados en la política de calidad establecida, con los cuales buscan implementar, mantener y mejorar el Sistema de Gestión de la Calidad.
NORMOGRAMA |
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CÓDIGO: FI-06-013 | VERSIÓN: 1 | FECHA: 29/07/2020 | |||||
ÍTEM | ASUNTO NORMA | # | FECHA EMISIÓN | ASUNTO | ENTIDAD QUE LA PROMULGA |
1 | Constitución Política de Colombia | 23 | 04-jul-1991 | Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. |
Asamblea Constituyente |
2 | Constitución Política de Colombia | 74 | 4-jul-91 | (Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo en los casos que establezca la ley) | Asamblea Constituyente |
3 | Constitución Política de Colombia | 75 | 4-jul-91 | Acción de Tutela | Asamblea Constituyente |
4 | Constitución Política de Colombia | 87 | 4-jul-91 | (Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una Ley o un acto administrativo) | Asamblea Constituyente |
5 | Constitución Política de Colombia | 89 | 4-jul-91 | (Además de los consagrados en los Artículos anteriores, la ley establecerá los demás recursos, las acciones, y los procedimientos necesarios para que puedan propugnar por la integridad del orden jurídico, y por la protección de sus derechos individuales, de grupo o colectivos, frente a la acción u omisión de las autoridades públicas. | Asamblea Constituyente |
6 | Ley | 2663 | 5-ago-50 | Código Sustantivo del Trabajo | Congreso de la República |
7 | Ley | 80 | 22-dic-89 | Por la cual se crea el Archivo General de la Nación | Congreso de la República |
8 | Ley | 19 | 24-ene-90 | Por la cual se reglamenta la profesión del Técnico Electricista | Congreso de la República |
9 | Ley | 30 | 28-dic-92 | Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior. | Congreso de la República |
10 | Ley | 87 | 29-nov-93 | Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República |
11 | Ley | 100 | 23-dic-93 | Régimen de la Seguridad Social | Congreso de la República |
12 | Ley | 115 | 8-feb-94 | Por la cual se expide la ley general de educación | Congreso de la República |
13 | Ley | 527 | 18-ago-99 | Se reglamenta y define el acceso y uso de los mensajes de datos del comercio electrónico y de las firmas digitales y se establecen las entidades de certificación | Congreso de la República |
14 | Ley | 594 | 14-jul-00 | Ley General de Archivos | Congreso de la República |
15 | Ley | 610 | 15-ago-00 | Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías. | Congreso de la República |
16 | Ley | 734 | 5-feb-02 | Por la cual se expide el Código Disciplinario Único | Congreso de la República |
17 | Ley | 872 | 30-dic-03 | “Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios”. | Congreso de la República |
18 | Ley | 906 | 31-ago-04 | Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal | Congreso de la República |
19 | Ley | 962 | 8-jul-05 | Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones Públicas o prestan servicios públicos. | Congreso de la República |
20 | Ley | 1064 | 26-jul-06 | Por la cual se dictan normas para el apoyo y fortalecimiento de la educación para el trabajo y el desarrollo humano establecida como educación no formal en la Ley General de Educación. | Congreso de la República |
21 | Ley | 1264 | 26-dic-08 | Por medio de la cual se adopta el código de ética de los técnicos electricistas | Congreso de la República |
22 | Ley | 1266 | 31-dic-08 | Por la cual se dictan las disposiciones generales del habeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República |
23 | Ley | 1341 | 30-jul-09 | Define los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones | Congreso de la República |
24 | Ley | 1409 | 30-ago-10 | Por la cual se reglamenta el ejercicio profesional de la Archivística, se dicta el Código de Ética y otras disposiciones. | Congreso de la República |
25 | Ley | 1474 | 12-jul-11 | Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. | Congreso de la República |
26 | Ley | 1437 | 2-jul-12 | Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. | Congreso de la República |
27 | Ley | 1562 | 11-jul-12 | “Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional”. | Ministerio de Salud y Protección Social |
28 | Ley | 1564 | 12-jul-12 | Por la cual se expide el código general del proceso y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República |
29 | Ley | 1581 | 17-oct-12 | Por el cual se dictan disposiciones generales para la protección de Datos Personales. | Congreso de la República |
30 | Ley | 1712 | 6-mar-14 | Por medio de la cual se crea la ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República |
31 | Ley | 1755 | 30-jun-15 | Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición | Congreso de la República |
32 | Decreto Ley | 1008 | 2-ene-00 | Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de gobierno digital | Presidencia de la República |
33 | Decreto Ley | 19 | 1-oct-12 | Se dictan normas para suprimir o reformar, regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios en la función pública | Departamento Administrativo de la Función Pública |
34 | Decreto | 277 | 9-feb-93 | A partir del 1° de agosto de 1993 no podrá ejercer la profesión de Técnico Electricista, quien no posea la correspondiente matrícula expedida por el Ministerio de Minas y Energía de conformidad con lo establecido en la Ley 19 de 1990 y en el Decreto 991 de 1991. | Presidencia de la República |
35 | Decreto | 2020 | 16-jun-06 | Por medio del cual se organiza el Sistema de Calidad de Formación para el Trabajo | Presidencia de la República |
36 | Decreto | 2888 | 31-jul-07 | Por el cual se reglamenta la creación, organización y funcionamiento de las instituciones que ofrezcan el servicio educativo para el trabajo y el desarrollo humano, antes denominado educación no formal, se establecen los requisitos básicos para el funcionamiento de los programas y se dictan otras disposiciones |
Presidencia de la República |
37 | Decreto | 4904 | 16-dic-09 | Por el cual se reglamenta la organización, oferta y funcionamiento de la prestación del servicio educativo para el trabajo y el desarrollo humano y se dictan otras disposiciones |
Ministerio de Educación Nacional |
38 | Decreto | 2364 | 22-nov-12 | Por medio del cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 527 de 1999, sobre la firma electrónica y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Comercio |
39 | Decreto | 2693 | 21-dic-12 | Por el cual se establecen los lineamientos generales de la estrategia de Gobierno en línea de la República de Colombia, se reglamentan parcialmente las Leyes 1341 de 2009 y 1450 de 2011, y se dictan otras disposiciones | Presidencia de la República |
40 | Decreto | 852 | 25-abr-13 | Por el cual se establecen los términos y condiciones para la adopción del Código Postal en el Territorio Nacional. | Ministerio de Tecnologías de Información y las Comunicaciones |
41 | Decreto | 1377 | 27-jun-13 | Se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012 | Presidencia de la República |
42 | Decreto | 2573 | 12-dic-14 | Por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en línea, se reglamenta parcialmente la Ley 1341 de 2009 y se dictan otras disposiciones. | Presidencia de la República |
43 | Decreto | 103 | 20-ene-15 | Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones | Presidencia de la República |
44 | Decreto | 1072 | 26-may-15 | Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo | Ministerio del Trabajo |
45 | Decreto | 1073 | 26-may-15 | “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía” | Ministerio de Minas y Energía |
46 | Decreto | 1075 | 26-may-15 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación. | Ministerio de Educación Nacional |
47 | Decreto | 1078 | 26-may-15 | Por el cual se expide el Decreto único reglamentario del Sector de TIC | Ministerio de Tecnologías de Información y las Comunicaciones |
48 | Decreto | 1080 | 26-may.-2015 | Decreto reglamentario Único del sector Cultura. Parte VIII. Patrimonio bibliográfico, hemerografico, documental y archivístico | Ministerio de Cultura |
49 | Decreto | 1083 | 26-may-15 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. | Presidencia de la República |
50 | Decreto | 1377 | 31-ene-15 | Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012 | Congreso de la República |
51 | Decreto | 415 | 7-mar-16 | Por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del sector de la Función Pública, Decreto Numero 1083 de 2015, en lo relacionado con la definición de los lineamientos para el fortalecimiento institucional en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones |
Departamento Administrativo de la Función Pública |
52 | Decreto | 780 | 6-may-16 | Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social | Ministerio del Trabajo |
53 | Decreto | 648 | 19-abr-17 | por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública | Departamento Administrativo de la Función Pública |
54 | Decreto | 1499 | 11-sep-2017 | Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 | Departamento Administrativo de la Función Pública |
55 | Decreto | 338 | 4-mar-19 | Por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción | Departamento Administrativo de la Función Pública |
56 | Decreto | 2106 | 22-nov-19 | Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública. | Departamento Administrativo de la Función Pública |
57 | Decreto Reglamentario | 991 | 12-abr-91 | Por el cual se reglamenta la ley 19 de 1990 | Presidencia de la República |
58 | Acuerdo | 49 | 5-may-00 | Por el cual se desarrolla el artículo del Capítulo 7 Conservación de Documentos. del Reglamento General de Archivos sobre condiciones de edificios y locales destinados a archivos.. | Archivo General de la Nación |
59 | Acuerdo | 50 | 5-may-00 | Por el cual se desarrolla el artículo 64 del título VII “Conservación de documento”, del Reglamento General de Archivos sobre “Prevención de deterioro de los documentos de archivo y situaciones de riesgo” | Archivo General de la Nación |
60 | Acuerdo | 60 | 30-oct-01 | Por el cual se establecen pautas para la administración de las comunicaciones oficiales en las entidades públicas y las privadas que cumplen funciones publicas | Archivo General de la Nación |
61 | Acuerdo | 38 | 20-sep-02 | Por el cual se desarrolla el artículo 15 de la Ley General de Archivos 594 de 2000.. el artículo 15 de la Ley 594 de 2000 establece que los servidores públicos, al desvincularse de las funciones titulares, entregarán los documentos y archivos a su cargo debidamente inventariados.… | Archivo General de la Nación |
62 | Acuerdo | 39 | 31-oct-02 | Por el cual se regula el procedimiento para la elaboración y aplicación de las Tablas de Retención Documental en desarrollo del artículo 24 de la Ley 594 de 2000. | Archivo General de la Nación |
63 | Acuerdo | 42 | 31-oct-02 | Por el cual se establecen los criterios para la organización de los archivos de gestión en las entidades públicas y las privadas que cumplen funciones públicas, se regula el Inventario Único Documental y se desarrollan los artículos 21, 22, 23 y 26 de la Ley General de Archivos 594 de 2000. | Archivo General de la Nación |
64 | Acuerdo | 2 | 23-ene-04 | Por el cual se establecen los lineamientos básicos para la organización de fondos acumulados. | Archivo General de la Nación |
65 | Acuerdo | 4 | 15-mar-13 | Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se modifica el procedimiento para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación e implementación de las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental. | Archivo General de la Nación |
66 | Acuerdo | 5 | 15-mar-13 | Por el cual se establecen los criterios básicos para la clasificación, ordenación y descripción de los archivos en las entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas y se dictan otras disposiciones.. | Archivo General de la Nación |
67 | Acuerdo | 2 | 14-abr-14 | Por medio del cual se establecen los criterios básicos para creación, conformación, organización, control y consulta de los expedientes de archivo y se dictan otras disposiciones. | Archivo General de la Nación |
68 | Acuerdo | 6 | 15-oct-14 | Por medio del cual se desarrollan los artículos 46, 47 y 48 del Título XI Conservación de Documentos. de la Ley 594 de 2000″ | Archivo General de la Nación |
69 | Acuerdo | 7 | 15-oct-14 | Por medio del cual se establecen los lineamientos para la reconstrucción de expedientes y se dictan otras disposiciones. | Archivo General de la Nación |
70 | Acuerdo | 8 | 31-oct-14 | Por el cual se establecen las especificaciones técnicas y los requisitos para la prestación de los servicios de depósito, custodia, organización, reprografía y conservación de documentos de archivo y demás procesos de la función archivística en desarrollo de los artículos 13° y 14° y sus parágrafos 1° y 3° de la Ley 594 de 2000. | Archivo General de la Nación |
71 | Acuerdo | 3 | 17-feb-15 | Por el cual se establecen lineamientos generales para las entidades del Estado en cuanto a la gestión de documentos electrónicos generados como resultado del uso de medios electrónicos de conformidad con lo establecido en el capítulo IV de la Ley 1437 de 2011, se reglamenta el artículo 21 de la Ley 594 de 2000 y el capítulo IV del Decreto 2609 de 2012. | Archivo General de la Nación |
72 | Acuerdo | 6 | 10-jul-15 | Por el cual se modifica el artículo 11° del Acuerdo 008 de 2014 que establece las especificaciones técnicas y los requisitos para la prestación de los servicios de depósito, custodia, organización, reprografía y conservación de documentos de archivo y demás procesos de la función archivística en desarrollo de los artículos 13º y 14º y sus parágrafos 1° y 3° de la Ley 594 de 2000. | Archivo General de la Nación |
73 | Acuerdo | 4 | 30-abr-19 | Por el cual se reglamenta el procedimiento para la elaboración, aprobación, evaluación y convalidación, implementación, publicación e inscripción en el Registro único de Series Documentales – RUSD de las Tablas de Retención Documental – TRD y Tablas de Valoración Documental – TVD | Archivo General de la Nación |
74 | Resolución | 18-0540 | 30-mar-10 | Reglamento técnico de iluminación y alumbrado público 2010. Retilap | Ministerio de Minas y Energía |
75 | Resolución | 9-0708 | 30-ago-13 | Por la cual se expide el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE | Ministerio de Minas y Energía |
76 | Resolución | 7350 | 29-nov-13 | Por la cual se modifica la Resolución Orgánica 6289 del 8 marzo del 2011 que Establece el sistema de rendición electrónica de la cuenta e informes, SIRECI, que deben utilizar los sujetos de control fiscal para la presentación de la rendición de cuenta e informes a la Contraloría General de la República | Contraloría General de la República |
77 | Resolución | 8934 | 19-feb-14 | Por la cual se establecen las directrices en materia de gestión documental y organización de archivos que deben cumplir los vigilados por la Superintendencia de Industria y Comercio | Superintendencia de Industria y Comercio |
78 | Resolución | 110 | 24-feb-16 | Establece los lineamientos para la evaluación del desempeño y de las competencias de los jefes de control interno de la Rama Ejecutiva del orden nacional | Departamento Administrativo de la Función Pública |
79 | Resolución | 312 | 13-feb-19 | Por la cual se definen los estándares mínimos del SG-SST | Ministerio del Trabajo |
80 | Resolución | 33 | 2-ago-19 | Por el cual se modifica la Resolución 7350 del 29 de Noviembre de 2013 | Contraloría General de la República |
81 | Circular | 13 | 12-oct-99 | No se deben utilizar micro puntas o esferos de tinta húmeda | Archivo General de la Nación |
82 | Circular | 1 | 5-sep-03 | Organización y conservación de los documentos de archivo | Archivo General de la Nación |
83 | Circular | 4 | 6-jun-03 | Organización de las Historias Laborales | Archivo General de la Nación |
84 | Circular | 12 | 21-ene-04 | Orientaciones para el cumplimiento de la Circular N° 004 de 2003 (Organización de las Historias Laborales) | Departamento Administrativo de la Función Pública |
85 | Circular | 2 | 6-mar-12 | Todas las Entidades de la Administración Pública en sus diferentes niveles y las Entidades Privadas que Cumplen Funciones Públicas reguladas por la Ley 594 de 2000. | Archivo General de la Nación |
86 | Circular Externa | 5 | 11-sep-12 | Recomendaciones para llevar a cabo procesos de digitalización y comunicaciones oficiales electrónicas en el marco de la iniciativa cero papel. | Archivo General de la Nación |
87 | Circular | 1 | 6-feb-14 | El Archivo General de la Nación, como responsable de formular la política archivística del Estado y hacerle seguimiento, con el fin de evaluar los avances de los entes territoriales en desarrollo de la Ley 594 de 2000 | Archivo General de la Nación |
88 | Circular Externa | 3 | 27-feb-15 | Directrices para la elaboración de tablas de retención documental. TRD | Archivo General de la Nación |
89 | Circular | 1 | 6-feb-17 | Suspensión temporal de la eliminación de documentos identificados como de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, planeación de lagestión documental y actualización de los instrumentos archivísticos. | Archivo General de la Nación |
90 | Circular | 5 | 11-mar-19 | Lineamientos acciones cumplidas-planes de Mejoramiento | Contraloría General de la República |
91 | Directiva | 6 | 14-may-19 | Diligenciamiento de la información en el índice de transparencia y acceso a la información – ITA – de conformidad con las disposiciones del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014 | Procuraduría General de la Nación |
92 | NTC | 15489 | 15-sep-01 | Información y documentación – Gestión de documentos– Parte 1: Generalidades | Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación-Icontec |
93 | NTC | 5397 | 22-dic-05 | Materiales para documentos de archivo con soportes en papel. Características de calidad. | Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación-Icontec |
94 | NTC | 19011 | 28-feb-12 | Directrices para la auditoria de los sistemas de gestión de la calidad y/o ambiental | Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación-Icontec |
95 | NTC | 4095 | 18-sep-13 | Norma general para la descripción archivística | Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación-Icontec |
96 | NTC | 9000 | 5-oct-15 | Sistemas de gestión de la calidad fundamentos y vocabulario | Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación-Icontec |
97 | NTC | 9001/2015 | 23-sep-15 | Sistemas de gestión de la calidad. requisitos | Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación-Icontec |
98 | NTC | 5921 | 12-sep-18 | Información y documentación. requisitos almacenamiento de material documental en archivos y bibliotecas | Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación-Icontec |
En este departamento del país no contamos con asesores externos autorizados, seleccione otra región cercana a su ubicación.
Si posee certificados laborales que avalen una antigüedad mínima de cinco (5) años, de experiencia a partir de cumplir la mayoría de edad, podrá presentarlas:
Certificación expedida por asociaciones de técnicos Electricistas con (personería jurídica vigente Decreto 2150 de 1995 Art 40 – 45) empresas o personas jurídicas de carácter público o privado relacionadas directamente con las actividades de la construcción, la ingeniería eléctrica o áreas afines que desarrollen actividades relacionadas con las propias de técnicos electricistas donde conste el ejercicio profesional y la clase de actividad desempeñada, especificando el tipo de proyecto e indicando las fechas de iniciación, terminación y la vinculación contractual correspondiente.
En los casos a que se refiere el literal b) del artículo 3º de la Ley 19 de 1990, deberán presentarse los siguientes documentos:
Certificado de existencia, representación legal y objeto social de la persona jurídica que extiende la certificación, expedido con antelación no superior a tres (3) meses.
Toda certificación laboral debe contener los siguientes ítems:
NOTA: Si son certificados laborales por ingenieros, técnicos o tecnólogos, debe ir copias de la Matrícula Profesional y copia de la cédula de ciudadanía de la persona que certifica adjuntados en el siguiente orden y en un sólo archivo PDF:
• CERTIFICACIÓN.
• COPIA MATRÍCULA DE QUIEN CERTIFICA.
• COPIA CÉDULA DE QUIEN CERTIFICA. Si la persona certificadora es Técnico Electricista con Matrícula Profesional CONTE, se tendrá en cuenta el alcance de la misma para la calificación del solicitante. Por lo tanto, el solicitante no podrá aspirar a tener una mayor calificación en el estudio de las Clases de Matrícula.
Carta de prescindencia: Carta expedida por la empresa contratante o empleador que deberá ser formulada a través de su empleador y deberá solicitarse por un período fijo mayor de seis (6) meses y menor de dos (2) años (relacionando el tiempo de duración del trabajo o proyecto).
Información sobre las actividades que va a realizar en el país.
Debe contener los siguientes ítems:
NOTA: Si son certificados laborales por ingenieros, técnicos o tecnólogos, debe ir copia de la Matrícula Profesional y copia de la cédula de ciudadanía de la persona que certifica adjuntados en el siguiente orden y en un sólo archivo PDF:
a. Copia del diploma de grado o título académico obtenido al finalizar el programa de educación superior a nivel Técnico Profesional, certificaciones de nivel Técnico Laboral y certificaciones de conocimientos académicos expedidos por las respectivas Instituciones educativas, ya sean Instituciones de Educación Superior (IES) y Entidades para el Trabajo y Desarrollo Humano (ETDH), que cuenten con reconocimiento oficial por parte del Gobierno Nacional o por las Secretarías de Educación Departamental, Distrital y Municipal; Títulos o Certificados de formación Técnico Laboral o Técnico Profesional emitidos por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Una (1) fotografía digital original en formato JPG, fondo blanco, no escaneada y que no pese más de 2MB. Sin la fotografía digital no podrá generar el comprobante de pago.
Ejemplo de fotografía digital original aprobada tipo documento que llevará su tarjeta. Si la fotografía no cumple su solicitud será rechazada.
Solicitante RECUERDE que la fotografía debe cumplir con los siguientes requisitos:
Acuerdo No. 05 del 24 de Noviembre de 2021 CONTE
Certificaciones de los procesos de capacitación laboral emitidas por las Unidades Vocacionales de Aprendizaje de Empresas (UVAE) de acuerdo con los parámetros establecidos en el Decreto 154 del 11 de febrero de 2021 y de empresas que realicen actividades relacionadas con el sector eléctrico.