Las personas que posean un título como Técnico Electricista o tenga cinco años de experiencia laboral relacionados con el área de la electrotecnia y deseen ejercer legalmente la profesión en Colombia.
La Matrícula Profesional de Técnico Electricista debe tramitarla todo Técnico para ejercer legalmente la profesión en el territorio colombiano la cual será expedida por el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas (Ley 1264 de 2008, Art 35).
La Matrícula Profesional es de carácter vitalicio a menos que el Técnico cometa una falta contra lo establecido por la ley, esta falta será sancionada de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y la Matrícula le será suspendida, si es el caso.
Una oficina ubicada en la ciudad de Bogotá en la Av. Calle 40 A No. 13 – 09 Piso 9 Edificio UGI y un Comité Seccional en la ciudad de Bucaramanga ubicado en la Calle 36 No. 17 – 56 Oficina 3 – 8 Centro Comercial Omnicentro.
En el siguiente enlace podrá encontrar todos los convenios que tiene el CONTE con instituciones educativas, las ciudades donde están ubicadas estas instituciones y los descuentos a los que puede acceder: https://www.conte.org.co/nuestra-entidad/convenios-de-cooperacion/.
Consulte nuestro calendario de eventos en el siguiente enlace https://www.conte.org.co/actualidad/eventos/, allí encontrará las capacitaciones y charlas que brindaremos en las diferentes ciudades del país o virtuales, con su respectiva información y proceso de inscripción.
A continuación compartimos el enlace donde podrá revisar todos los requisitos para obtener la Matrícula Profesional por primera vez: https://www.conte.org.co/requisitos/matricula-profesional.
Si requiere asesoría para el trámite de la Matrícula Profesional por primera vez puede comunicarse al PBX (1) 7451350.
Si requiere asesoría de forma presencial: en Bogotá puede dirigirse a las oficinas del CONTE ubicadas en la Av. Calle 40 a no. 13-09 o puede acercarse también a la asociación más cercana en su región. En el siguiente enlace encontrará el listado con la información de todas las asociaciones con las que tenemos convenio a nivel nacional: https://www.conte.org.co/asociaciones.
A continuación compartimos el enlace donde podrá revisar todos los requisitos para ampliar las clases y actividades en la Matrícula Profesional: https://www.conte.org.co/requisitos/ampliacion.
Es importante tener en cuenta que el proceso de ampliación solo se podrá solicitar mediante la presentación y acreditación de estudios.
A continuación compartimos el enlace donde podrá revisar todos los requisitos para duplicar la Matrícula Profesional tipo tarjeta o tipo diploma: https://www.conte.org.co/requisitos/duplicados.
A continuación compartimos el enlace donde podrá revisar todos los requisitos para obtener la Licencia Especial para extranjeros: https://www.conte.org.co/requisitos/licencia-especial.
El comprobante de recaudo con el que podrá hacer el pago, lo obtiene una vez haya diligenciado la solicitud en nuestra página web www.conte.org.co dependiendo el trámite que usted esté solicitando.
Debe realizar la solicitud mediante correo electrónico a contactenos@conte.org.co con los siguientes datos: Nombre completo y número de identificación. El documento se expide en tres días hábiles.
Debe realizar la solicitud mediante correo electrónico a contactenos@conte.org.co con los siguientes datos: Nombre completo, número de identificación y número de Matrícula Profesional. El documento se expide en tres días hábiles.
A partir del recibido del correo electrónico donde le informan el motivo por el cual la solicitud está inadmitida usted contará con 15 días hábiles para subsanar los documentos faltantes o realizar las correcciones pertinentes.
Las matrículas expedidas por el Ministerio de Minas y Energía se encuentran archivadas, por tal motivo no aparecen en el sistema; de requerirla, el técnico debe solicitarla vía telefónica al PBX (1) 7451350 o al correo electrónico contactenos@conte.org.co para el respectivo envío y publicación.
Cuando el técnico no envíe la notificación respectiva de aceptación de la Matrícula Profesional el CONTE no procederá a realizar el cargue de la matrícula en el sistema.
Previamente a validar en el sistema la Matrícula Profesional, el técnico o particular que desee verificar la información, debe asegurar que el navegador en el cual realiza la consulta tenga habilitada la opción de ventanas emergentes.
No, porque el ámbito jurídico del Consejo Nacional de Técnicos Electricistas (CONTE) solo aplica para los títulos técnicos en el área de la electrotecnia.
Es el certificado expedido a las personas que demuestran por medio de evidencias su nivel de competencia para desempeñar una función productiva.
Este procedimiento tiene como propósito promover y reconocer el aprendizaje y la experticia adquirida a lo largo de la vida laboral de aquellos colombianos que se encuentren vinculados laboralmente, que estén en búsqueda de empleo y que demuestran como principal requisito que tienen una experiencia laboral mínima de un año.
Las personas interesadas pueden hacer la consulta directamente en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) o en instituciones educativas autorizadas por el Ministerio de Educación.
El Permiso Especial de Permanencia (PEP) sustituye para el trámite de Licencia Especial CONTE la visa, el pasaporte y la cédula de extranjería únicamente para ciudadanos venezolanos.
Existen 4 trámites y están relacionados de la siguiente manera:
El trámite tiene una duración de 35 a 40 días hábiles.
5 años es el tiempo mínimo requerido.
No, por pago en efectivo no existe descuento, teniendo en cuenta que los pagos de cualquiera de nuestros trámites se deben realizar vía bancaria.
Actualmente contamos con un mínimo de 80 horas cursadas y a partir del día 28 de abril del año 2021 la intensidad horaria debe ser mínimo de 160 horas, según Resolución N° 01 de 2019, “Por la cual se establecen requisitos para otorgar la Matrícula Profesional de Técnico Electricista con la acreditación de Certificados de estudios”.
Usted puede iniciar el trámite de la Matrícula Profesional desde cualquier lugar ya que se gestiona de forma digital, tenga en cuenta que si sus estudios son del exterior deben estar apostillados y la experiencia laboral aceptada es solo la realizada en el territorio colombiano.
En la Sentencia N° C-177/93 se expone: ‘Será El Consejo Nacional de Técnicos Electricistas – CONTE el encargado de verificar los documentos aportados para el iniciar con el trámite de la Matrícula Profesional’.
No, si es con el Comprobante de Recaudo físico debe acercarse a las oficinas bancarias que allí aparecen y realizar el pago, si va a realizar el pago de modo virtual, una vez se ingrese al pago PSE con el número de identificación del técnico, el pago lo puede realizar otra persona, es decir alguien más puede realizar el pago de un trámite en línea de un Técnico Electricista, siempre y cuando esté creado en el sistema y tenga el número de identificación para ingresar a la plataforma de Corredores Davivienda a realizar el pago.
No, los pagos por PSE se pueden realizar desde cualquier banco, a continuación encontrará los bancos y plataformas donde puede realizar el Pago Seguro En línea:
BANCAMIA S.A., BANCO AGRARIO, BANCO AV VILLAS, BANCO BBVA COLOMBIA S.A., BANCO CAJA SOCIAL, BANCO COOPERATIVO COOPCENTRAL, BANCO DAVIVIENDA, BANCO DE BOGOTÁ, BANCO DE OCCIDENTE, BANCO FALABELLA, BANCO GNB SUDAMERIS, BANCO ITAU, BANCO PICHINCHA S.A., BANCO POPULAR, BANCO PROCREDIT, BANCO SANTANDER COLOMBIA, BANCOLOMBIA, BANCOOMEVA S.A., CFA COOPERATIVA FINANCIERA, CITIBANK, CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA, DAVIPLATA, NEQUI, RAPPIPAY, SCOTIABANK COLPATRIA.
Significa que debe corregir algún documento de los que anexo, al ingresar al enlace le aparecerán las observaciones de lo que debe cambiar. En dado caso que el sistema le pida consignar un excedente hacer caso omiso a ese paso y darle continuar (aplica solo para quienes realizaron la consignación antes 15 de enero) y si el sistema le solicita subir un comprobante de pago debe subir el que ya canceló.
NO pierde el dinero. A continuación compartimos el enlace donde encontrará la información para realizar el trámite para devolución de dinero: https://www.conte.org.co/requisitos/tramite-para-devolucion/.
A continuación compartimos el enlace donde encontrará toda la información sobre las Clases de Matrícula de Técnico Profesional que otorga el CONTE, así como la descripción de cada una: https://www.conte.org.co/requisitos/clases-de-matriculas/.
Actualmente contamos con un mínimo de 80 horas cursadas y a partir del día 28 de abril del año 2021 la intensidad horaria debe ser mínimo de 160 horas, según Resolución N° 01 de 2019, “Por la cual se establecen requisitos para otorgar la Matrícula Profesional de Técnico Electricista con la acreditación de Certificados de estudios”.
Usted puede iniciar el trámite de la Matrícula Profesional desde cualquier lugar ya que se gestiona de forma digital, tenga en cuenta que si sus estudios son del exterior deben estar apostillados y la experiencia laboral aceptada es solo la realizada en el territorio colombiano.
En la Sentencia N° C-177/93 se expone: ‘Será El Consejo Nacional de Técnicos Electricistas – CONTE el encargado de verificar los documentos aportados para el iniciar con el trámite de la Matrícula Profesional’.
No, si es con el Comprobante de Recaudo físico debe acercarse a las oficinas bancarias que allí aparecen y realizar el pago, si va a realizar el pago de modo virtual, una vez se ingrese al pago PSE con el número de identificación del técnico, el pago lo puede realizar otra persona, es decir alguien más puede realizar el pago de un trámite en línea de un Técnico Electricista, siempre y cuando esté creado en el sistema y tenga el número de identificación para ingresar a la plataforma de Corredores Davivienda a realizar el pago.
No, los pagos por PSE se pueden realizar desde cualquier banco, a continuación encontrará los bancos y plataformas donde puede realizar el Pago Seguro En línea:
BANCAMIA S.A., BANCO AGRARIO, BANCO AV VILLAS, BANCO BBVA COLOMBIA S.A., BANCO CAJA SOCIAL, BANCO COOPERATIVO COOPCENTRAL, BANCO DAVIVIENDA, BANCO DE BOGOTÁ, BANCO DE OCCIDENTE, BANCO FALABELLA, BANCO GNB SUDAMERIS, BANCO ITAU, BANCO PICHINCHA S.A., BANCO POPULAR, BANCO PROCREDIT, BANCO SANTANDER COLOMBIA, BANCOLOMBIA, BANCOOMEVA S.A., CFA COOPERATIVA FINANCIERA, CITIBANK, CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA, DAVIPLATA, NEQUI, RAPPIPAY, SCOTIABANK COLPATRIA.
Significa que debe corregir algún documento de los que anexo, al ingresar al enlace le aparecerán las observaciones de lo que debe cambiar. En dado caso que el sistema le pida consignar un excedente hacer caso omiso a ese paso y darle continuar (aplica solo para quienes realizaron la consignación antes 15 de enero) y si el sistema le solicita subir un comprobante de pago debe subir el que ya canceló.
NO pierde el dinero. A continuación compartimos el enlace donde encontrará la información para realizar el trámite para devolución de dinero: https://www.conte.org.co/requisitos/tramite-para-devolucion/.
A continuación compartimos el enlace donde encontrará toda la información sobre las Clases de Matrícula de Técnico Profesional que otorga el CONTE, así como la descripción de cada una: https://www.conte.org.co/requisitos/clases-de-matriculas/.
A continuación compartimos el enlace donde encontrará el listado con la información de todas las asociaciones con las que tenemos convenio a nivel nacional: https://www.conte.org.co/asociaciones.
Usted puede descargar e imprimir el certificado de asistencia ingresando a nuestra página web: www.conte.org.co, botón AULA VIRTUAL y tanto en usuario como en contraseña digite su número de identificación, allí podrá descargar el certificado de la capacitación en la que participó.
NO, los certificados que otorga el CONTE en las capacitaciones son de asistencia, es decir, NO SON VÁLIDOS para el trámite de solicitudes.
El CONTE dispone de un espacio en la página web para que pueda publicar la oferta laboral y los interesados se comuniquen con usted directamente, lo invitamos a ingresar al siguiente enlace: https://www.conte.org.co/actualidad/solicitud-oferta-laboral/ allí encontrará el formulario de publicación de ofertas, una vez diligenciados los campos con información verídica, la oferta será publicada en nuestra página web.
Incumpliría la Ley 1264 de 2008 toda vez que el técnico estaría ejerciendo la profesión de manera ilegal (Artículos 101 y 102 de la Ley 1264 de 2008).
En nuestra página web: www.conte.org.co usted encontrará un formato de queja disciplinaria junto con los requisitos, el cual puede diligenciar y entregar en físico o por correo electrónico. A continuación compartimos el enlace para diligenciar este formulario: https://www.conte.org.co/procesos-disciplinarios/formato-queja-disciplinaria/.
Debe aportar toda prueba que considere pertinente y útil para la investigación a efectos de demostrar los hechos enunciados en la queja y todos los medios probatorios válidos o enunciados en el Código General del Proceso.
Acorde a los términos establecidos en la Ley 1264 de 2008 y el procedimiento interno de Procesos Disciplinarios del CONTE tienen una duración entre 18 y 24 meses según la decisión que tome en primera instancia el Comité Disciplinario de la entidad.
No, toda vez que la entidad CONTE no tiene facultades conciliatorias determinadas en la Ley 640 de 2001, lo que sí se puede iniciar es el proceso ético disciplinario contra el Técnico Electricista por violaciones al Código de Ética.
No, la Norma Técnica puede adquirirla directamente en la página web del ICONTEC www.icontec.org en formato impreso o digital.
El objeto fundamental del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) es establecer las medidas a garantizar la seguridad de las personas, de la vida tanto animal como vegetal y la preservación del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los riesgos de origen eléctrico. (Capítulo 1, Artículo 1 del RETIE).
Este reglamento es una resolución expedida por el Ministerio de Minas y Energía el cual puede consultar de forma virtual en el siguiente enlace: https://www.conte.org.co/normatividad/reglamentos/#248-251-retie.
La declaración RETIE es la demostración de cumplimiento de toda instalación, debe ser entregada directamente por quien realice la construcción, remodelación o ampliación de la instalación eléctrica. En los casos en que se exija la certificación plena, esta se entenderá como la declaración de cumplimiento acompañada del dictamen de inspección expedido por el organismo de inspección acreditado por ONAC que valide dicha declaración. A continuación compartimos el enlace donde encontrará un modelo de Declaración de cumplimiento RETIE: https://www.conte.org.co/normatividad/declaracion-de-cumplimiento-del-retie/.
No, únicamente para trabajar en el territorio colombiano.
Para radicar una PQRSD (Petición, Queja, Reclamo, Solicitud, Denuncia) debe diligenciar el formulario en nuestra página web en el siguiente enlace https://www.conte.org.co/pqrsd/.