«Recuerde: la matrícula profesional se otorga mediante una Resolución expedida por el CONTE, en cumplimiento de la función pública asignada en el numeral primero del Artículo 35 de la Ley 1264 de 2008. Esta resolución incluye el número único de matrícula profesional del técnico electricista, por lo anterior, no se requiere el carné físico para empezar a ejercer sus actividades».
El Consejo Nacional de Técnicos Electricistas, expide la Matrícula Profesional en las siguientes clases de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley 19 de 1990 – Decreto Reglamentario 991/91.
Clase TE-1 Técnico en instalaciones eléctricas interiores.
A los Técnicos Electricistas que lleven a cabo el estudio aplicado al Montaje y Reparación De circuitos eléctricos de todo tipo de salidas para tomacorrientes, enchufes, salidas para alumbrado, lámparas y luminarias, interruptores, conexiones especiales, tableros de distribución de circuitos, equipos de medida, protección, control, señalización y servicios auxiliares de instalaciones eléctricas residenciales y comerciales.
Clase TE-2 Técnico en bobinados eléctricos y accesorios.
A los Técnicos Electricistas que lleven a cabo el estudio aplicado al Montaje y Conexión Mantenimiento y Reparación , Rebobinado y Mando De todo tipo de transformadores eléctricos, motores eléctricos, generadores eléctricos, equipos de instalaciones eléctricas y accesorios de instrumentación electrónica industrial.
Clase TE-3 Técnico en mantenimiento eléctrico.
A los Técnicos Electricistas que lleven a cabo el estudio aplicado a la Operación y mantenimiento de instalaciones eléctricas y Accesorios electrónicos industriales Relacionados con la instrumentación, accionamientos y control de máquinas, equipos y aparatos mecánicos, hidráulicos o neumáticos.
Clase TE-4 Técnico en electricidad industrial.
A los Técnicos Electricistas que lleven a cabo el estudio aplicado a la Fabricación, Construcción y Montaje De: transformadores eléctricos, motores eléctricos, generadores eléctricos, baterías, equipo eléctrico y accesorios electrónicos de medida, protección, maniobra, control automático, interrupción, señalización, variación de velocidad, compensación reactiva, dispositivos relevadores; así también para subestaciones capsuladas, armarios de contadores, tableros de protección y distribución de circuitos eléctricos, celdas de alta y baja tensión, centros de control de motores eléctricos, tableros de mando eléctrico, señalización, cofres y controles eléctricos especiales.
Clase TE-5 Técnico en redes eléctricas.
A los Técnicos Electricistas que lleven a cabo el estudio aplicado a la Construcción y Montaje Conexión , Maniobra y Mantenimiento De redes eléctricas aéreas y subterráneas, subestaciones eléctricas de distribución y los equipos de protección, medida, control eléctrico y accesorios electrónicos asociados; así como equipos eléctricos y accesorios electrónicos de pequeñas centrales eléctricas.
Clase TE-6 Técnico en instalaciones eléctricas especiales.
A los Técnicos Electricistas que lleven a cabo el estudio aplicado al Montaje y Conexión, Mantenimiento y Reparación De equipos eléctricos para instalaciones especiales, tales como electrodomésticos, parque automotor, aeronaves, embarcaciones, telecomunicaciones, telefonía, circuitos cerrados de televisión, alarmas, antenas, centros de cómputo, etc.
(Fibra óptica, cableado estructurado, UPS, control de accesos y detección de incendios, sistemas electrónicos, sistemas fotovoltaicos, alumbrado público, telemetría, sistemas de puesta a tierra, protección contra rayos electrodomésticos, equipos de refrigeración y aire acondicionado, domótica, Inmótica, robótica, mecatrónica, equipos biomédicos, protección catódica, etc.)
Clase AUX. Auxiliar de ingenieros electricistas.
A las personas que lleven a cabo la realización de actividades y labores relacionadas con el estudio y las aplicaciones de la electricidad para cuyo ejercicio requieren la dirección, coordinación y responsabilidad de Ingenieros Electricistas.
Parágrafo. Al expedirse la matrícula correspondiente, deberá especificarse en la misma la especialidad o especialidades para las que se otorga.
Importante: El Técnico Electricista, solo puede ejercer en las Clases y Actividades que le hayan sido asignadas en su Matrícula Profesional CONTE; cada especialidad es independiente una de la otra, por lo tanto, no podrá realizar actividades que no estén especificadas en su Matrícula Profesional. De no ser así estaría incurriendo en el Ejercicio Ilegal de la profesión.
Derechos de estudio y trámite para Matrícula Profesional por primera vez y Licencia Especial |
Ampliación de Matrícula Profesional |
Duplicado Matrícula Profesional tipo tarjeta |
Certificado de Vigencia y/o Trámite a nivel nacional |
Buen dpía , se ha realizado el la soliciude en el siguiente enla.
En este departamento del país no contamos con asesores externos autorizados, seleccione otra región cercana a su ubicación.
Si posee certificados laborales que avalen una antigüedad mínima de cinco (5) años, de experiencia a partir de cumplir la mayoría de edad, podrá presentarlas:
Certificación expedida por asociaciones de técnicos Electricistas con (personería jurídica vigente Decreto 2150 de 1995 Art 40 – 45) empresas o personas jurídicas de carácter público o privado relacionadas directamente con las actividades de la construcción, la ingeniería eléctrica o áreas afines que desarrollen actividades relacionadas con las propias de técnicos electricistas donde conste el ejercicio profesional y la clase de actividad desempeñada, especificando el tipo de proyecto e indicando las fechas de iniciación, terminación y la vinculación contractual correspondiente.
En los casos a que se refiere el literal b) del artículo 3º de la Ley 19 de 1990, deberán presentarse los siguientes documentos:
Certificado de existencia, representación legal y objeto social de la persona jurídica que extiende la certificación, expedido con antelación no superior a tres (3) meses.
Toda certificación laboral debe contener los siguientes ítems:
NOTA: Si son certificados laborales por ingenieros, técnicos o tecnólogos, debe ir copias de la Matrícula Profesional y copia de la cédula de ciudadanía de la persona que certifica adjuntados en el siguiente orden y en un sólo archivo PDF:
• CERTIFICACIÓN.
• COPIA MATRÍCULA DE QUIEN CERTIFICA.
• COPIA CÉDULA DE QUIEN CERTIFICA. Si la persona certificadora es Técnico Electricista con Matrícula Profesional CONTE, se tendrá en cuenta el alcance de la misma para la calificación del solicitante. Por lo tanto, el solicitante no podrá aspirar a tener una mayor calificación en el estudio de las Clases de Matrícula.
Carta de prescindencia: Carta expedida por la empresa contratante o empleador que deberá ser formulada a través de su empleador y deberá solicitarse por un período fijo mayor de seis (6) meses y menor de dos (2) años (relacionando el tiempo de duración del trabajo o proyecto).
Información sobre las actividades que va a realizar en el país.
Debe contener los siguientes ítems:
NOTA: Si son certificados laborales por ingenieros, técnicos o tecnólogos, debe ir copia de la Matrícula Profesional y copia de la cédula de ciudadanía de la persona que certifica adjuntados en el siguiente orden y en un sólo archivo PDF:
a. Copia del diploma de grado o título académico obtenido al finalizar el programa de educación superior a nivel Técnico Profesional, certificaciones de nivel Técnico Laboral y certificaciones de conocimientos académicos expedidos por las respectivas Instituciones educativas, ya sean Instituciones de Educación Superior (IES) y Entidades para el Trabajo y Desarrollo Humano (ETDH), que cuenten con reconocimiento oficial por parte del Gobierno Nacional o por las Secretarías de Educación Departamental, Distrital y Municipal; Títulos o Certificados de formación Técnico Laboral o Técnico Profesional emitidos por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Una (1) fotografía digital original en formato JPG, fondo blanco, no escaneada y que no pese más de 2MB. Sin la fotografía digital no podrá generar el comprobante de pago.
Ejemplo de fotografía digital original aprobada tipo documento que llevará su tarjeta. Si la fotografía no cumple su solicitud será rechazada.
Solicitante RECUERDE que la fotografía debe cumplir con los siguientes requisitos:
Acuerdo No. 05 del 24 de Noviembre de 2021 CONTE
Certificaciones de los procesos de capacitación laboral emitidas por las Unidades Vocacionales de Aprendizaje de Empresas (UVAE) de acuerdo con los parámetros establecidos en el Decreto 154 del 11 de febrero de 2021 y de empresas que realicen actividades relacionadas con el sector eléctrico.