Personas inescrupulosas ofrecen la Matrícula Profesional de Técnico Electricista con costos adicionales a los publicados en nuestra página web www.conte.org.co.
Las asociaciones e inspectores autorizados con las que se tiene Convenio de Cooperación, no podrán cobrar dinero extra por realizar las solicitudes de trámite de Matrícula Profesional ante el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas CONTE y menos personal ajeno a la Entidad.
Esta conducta atenta contra los solicitantes y contradicen lo estipulado por la ley:
LEY 1264 DE 2008
“ARTÍCULO 38. Constituye falta grave, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles o penales a que haya lugar, ejercer la profesión de Técnico Electricista sin tener la correspondiente Matrícula Profesional, presentar documentos alterados tendientes a obtener la Matrícula Profesional o el empleo de recursos irregulares para la homologación del título profesional”.
De igual forma, el estudio, trámite y expedición de la Matrícula Profesional de Técnico Electricista es una función pública asignada al CONTE, en el Numeral 1 del Artículo 35 de la Ley 1264 de 2008, por lo que con la anterior conducta se puede ver inmerso en el presunto delito de usurpación de función pública, establecido en el Artículo 425 de la Ley 599/2000 (Código Penal).
CÓDIGO PENAL
“ARTÍCULO 425. USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS. <Penas aumentadas por el Artículo 14 de la Ley 890 de 2004, a partir del 1o de enero de 2005. El texto con las penas aumentadas es el siguiente:> El particular que sin autorización legal ejerza funciones públicas, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses”.
No caiga en la trampa, DENUNCIE en www.conte.org.co/pqrsd o al correo electrónico contactenos@conte.org.co
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