Atendiendo al Artículo 24 del Acuerdo 004 de 2010, modificado por el Acuerdo 04 de 2014 el Comité Disciplinario del CONTE está integrado de la siguiente manera:
Parágrafo: en el evento en el cual no se hubiere surtido la delegatura por parte de las Escuelas e Institutos Técnicos de Electricidad, este representante podrá ser reemplazado por algún otro consejero, solo con el propósito de completar el quorum decisorio, en sede del Comité Disciplinario, permitiendo el ejercicio de esta función pública.
Son funciones del Comité Disciplinario:
Encargado de todo lo relacionado y contemplado en la Ley 1264 de 2008, la cual trata del Código de Ética Profesional de los Técnicos Electricistas, adelanta las investigaciones y aplica las sanciones a que haya lugar por quejas contra los técnicos electricistas o por violaciones al Código de Ética, velando por que se cumplan en el territorio nacional las disposiciones sobre el ejercicio de la profesión de técnico electricista y denunciando ante las autoridades competentes las violaciones que se presenten.
En la actualidad este Comité está presidido por AUGUSTO MANUEL GONZALEZ MEJÍA, Profesional Técnico Electricista y Representante de la Federación Nacional de Profesionales Técnicos Electricistas Colombia FENALTEC.